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CULTURA LIBRE

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Hasta el 31.06.2012,
en La Trastienda:
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jueves, 21 de octubre de 2010

El canon digital español es un abuso y no cumple la directiva europea


El Tribunal de Justicia de la Unión Europea radicado en Luxemburgo sentenció hoy que la tasa por copia privada que perciben las gestoras colectivas españolas es un abuso y no puede ser cobrada de forma indiscriminada. El tribunal indicó en la sentencia que la tasa se puede cobrar a los particulares, pero que no deben incluirse las empresas, administraciones ni ninguna otra persona jurídica que utilice los dispositivos para fines profesionales.

“La aplicación del canon por copia privada a los soportes de reproducción adquiridos por empresas y profesionales para fines distintos de la copia privada no es conforme con el Derecho de la Unión”, indica el dictamen que pone en jaque el canon digital en España.

El fallo del tribunal conocido esta mañana en Europa recoge las principales conclusiones de la abogada Verica Trstenjak, quien dictaminó en mayo pasado que el gravamen por el que la SGAE recaudó 90 millones de euros sólo en 2009 es abusivo porque se impone indiscriminadamente a todos los equipos, aparatos, materiales de reproducción y no a los que presumiblemente vayan a destinar los equipos a la copia privada. Tras la sentencia, no son pocos los que se preguntan en España qué pasará con los fondos ya percibidos por la SGAE de manera abusiva.

Recordemos que en estos días, las gestoras colectivas de derechos de autor de Argentina están activando su trabajo de lobby en el congreso para imitar la legislación española en materia de compensación por copia privada. Antes de seguir adelante con esta iniciativa, los legisladores locales harían bien en conocer lo que acaba de dictaminar el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en relación a lo abusivo de un gravamen de este tipo.

Fuente de la nota: Fundación Vía Libre
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El comunicado de prensa del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sintetiza el contenido de la sentencia en el asunto PADAWAN / SGAE.

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En el cuadro siguiente, texto completo de la sentencia.



miércoles, 18 de noviembre de 2009

¡¡POTEL SOBRESEÍDO!!


Sebastián N. Lalaurette es periodista en el diario argentino La Nación y editor de la revista literaria Sismo Trapisonda.

Con motivo del sobreseimiento de Horacio Potel en la querella que le promoviera la Cámara Argentina del Libro, Lalaurette publicó en su blog "Tecleando espero" la nota con la que Andrea Ruiz, esposa de Potel, dio a conocer la feliz noticia y agradeció con emocionadas palabras a toda la gente que se nucleó alrededor de un proceso que a muchos nos sumió en eso que llaman "vergüenza ajena". Y en la ira.

Vale la pena la lectura de esa nota y también la de la que poco tiempo antes, cuando se había dictado el procesamiento del querellado, publicara Lalaurette bajo el título "Horacio Potel, la filosofía, el dinero y la policía intelectual".

De esa nota destaco esta frase:

"Sí estoy seguro de algo: el juicio contra Potel podrá tener base jurídica, pero es una afrenta a la ética y una amenaza para toda la esfera cultural"

Un pensamiento que compartimos, expresado por José Ingenieros en las palabras que siguen, palabras que hemos recordado y repetido y seguiremos recordando y repitiendo en nuestro blog en tanto sigan vigentes leyes que, presentadas bajo el engañoso ropaje de la "propiedad intelectual", los "derechos de autor", las "patentes", no son más que herramientas puestas al servicio de un grupo de corporaciones, cuyos intereses mercantiles gozan de privilegios por encima de los derechos fundamentales de los pueblos, cuales son los de acceso a la cultura, a la salud, a la justicia.

"La justicia es el equilibrio entre la moral y el derecho.
Tiene un valor superior al de la ley.
Lo justo es siempre moral; las leyes pueden ser injustas.
Acatar la ley es un acto de disciplina,
pero a veces implica una inmoralidad.
Respetar la justicia es un deber del hombre digno,
aunque para ello tenga que elevarse
por sobre las imperfecciones de la ley"
(José Ingenieros, "Las fuerzas morales", parágrafo 23.)

Vea nuestra entrada vinculada La cultura a juicio, aquí y allá donde hallará el texto completo de la citada obra de José Ingenieros. Un opúsulo de poco más de veinte páginas que vale la pena leer.


martes, 4 de agosto de 2009

"Paren a los jueces, me quiero bajar"


“Fabbisogno per intraprender lite:
“aver rason, saverla espor,
"trovar chi la intenda e chi la voglia dar,
"e debitor che possa pagar
(Antiguo proverbio véneto)

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Esther Analía Zygier es la directora de Diario Judicial, una prestigiosa publicación especializada en temas legales con sede en Buenos Aires, Argentina.

Con motivo de la condena pecuniaria que una sentencia de primera instancia impuso a Google y a Yahoo (autos “Da Cunha Virginia c/Yahoo de Argentina SRL s/daños y perjuicios” - Jdo.Nacional de 1a Inst. en lo Civil Nº 75 de la Capital Federal), Zygier ha publicado un artículo que reconforta: cuando el juzgador se aparta del sentido común, por más fundamento e interpretación presuntamente jurídicos que exhiba, no todos los juristas estarán dispuestos a darle su bendición. Esperemos que los jueces de la Alzada tampoco.

La actora reclamó resarcimiento por los daños resultantes de la vinculación de su nombre con sitios de contenido sexual, erótico y/o pornográfico que se hacían manifiestos al efectuar una búsqueda con Google y Yahoo.

La jueza interviniente resolvió que existía un daño resarcible. Hasta ahí, el planteo es razonable. Lo que no es razonable es que, porque es difícil encontrar al emisor del mensaje agraviante -ese sí debería ser destinatario de la sanción-, la jueza haya decidido asignar al intermediario el lugar del "debitor che possa pagar".

No, Usía se confunde: el que debe cuidar de tener un "debitor che possa pagar" es el litigante. No el juez.

En su artículo "Paren a los jueces, me quiero bajar" Zygier deja en claro las proyecciones socialmente nefastas que puede tener un fallo como el que comenta, fallo que abre las puertas a la censura previa, a la institución de los ISPs y buscadores como censores privados, a dar por tierra con el derecho a la libre expresión de las ideas.

Transcribimos algunos párrafos de Zygier:

"Amparados en la supuesta novedad del tema (que ya no es tal), justificados por la falta de legislación específica y fruto de la falta de capacitación en nuevas tecnologías de jueces, camaristas, abogados y demás actores de este tipo de litigios, están apareciendo fallos con consecuencias disparatadas. Lo grave de esto es que los lineamientos de los fallos responden al más anquilosado manual de la ortodoxia civilista. Con criterios que son compartidos desde el primer audiencista hasta el más encumbrado camarista de ese fuero.
...los jueces están para resolver con sentido común sobre temas que aún no figuran en los libros o sobre los que aún el legislador no se interesó... ser juez no es solamente para declamar, citando doctrina y estructuras de pensamiento añejamente aceptados, sino para escarbar el derecho, como lo merecen las nuevas tecnologías. La obligación de los jueces es capacitarse. No basta con ampararse en lo novedoso del tema. Internet existe desde 1969 (hace 40 años) y el servicio web desde 1990 (hace 19 años), así que al asunto de novedoso ya le va quedando poco".

Y concluye:
No hay herramienta más fértil que el castigo económico, amparado en interpretaciones legales, para matar la innovación.

▬  El fallo completo está en Infobae Profesional.
▬  Un resumen del contenido se publicó en Diario Judicial del 31.07.2009.
▬  Y la nota de Zygier puede leerse en Diario Judicial del 03.08.2009.

Imperdible
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sábado, 25 de julio de 2009

Algunos jueces se valen también del sentido común. Menos mal


"Las redes P2P, como meras redes de transmisión de datos entre usuarios de Internet, no vulneran, en principio, derecho alguno protegido por la Ley de Propiedad Intelectual".

Los fundamentos plasmados por un juez de Barcelona en un auto prácticamente no dejan dudas sobre la legalidad de los intercambios 'online' de archivos entre pares: los intercambios P2P, dice, "no encuentran un acomodo claro y específico en los comportamientos que prohíbe la ley, en especial la reproducción, distribución y comunicación pública sin autorización".

La novedad de este auto, según el abogado Carlos Sánchez-Almeida, es que se refiere no a los enlaces, sino a la actividad misma del intercambio de archivos. "Es la primera vez que se dice claramente que el P2P en sí mismo no vulnera derecho alguno", comentó el letrado.

Noticia completa en

Asociación de Internautas
El Mundo.es
Publico.es

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En el cuadro que sigue,
texto completo de la decisión judicial


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jueves, 11 de junio de 2009

El Consejo Constitucional francés tumba la "ley antidescargas"


Internet es un "derecho fundamental"
y solo puede ser restringido por un juez

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El Consejo Constitucional francés -órgano jurisdiccional que tiene como función esencial verificar la constitucionalidad de las leyes- censuró hoy parte de la polémica ley francesa contra la piratería en Internet, en concreto la que estipula que una autoridad administrativa puede cortar el acceso a la red.

"Hace casi un año exacto la ley Sarkozy comenzó a presentarse en Europa como modelo a seguir. España, con la Coalición de Creadores a la cabeza, levantó la mano pidiendo copiar aquí la ley anticopia que habían ideado en Francia. Lo que a la mayoría nos parecía obvio en aquellos momentos, que esa ley tan solicitada era contraria a las libertades civiles, parece ponerse ahora claramente de manifiesto tras la decisión del Constitucional francés". David Bravo en su blog.
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LA NOTICIA EN LOS MEDIOS

Le Figaro - Hadopi censurée par les Sages
Le Monde - Hadopi : le Conseil constitutionnel censure la riposte graduée
Asociación de internautas - El Constitucional francés derriba la ley Sarkozy contra las descargas
Público.es - El Constitucional francés "tumba" la ley antidescargas
Soitu.es - Sarkozy no podrá desconectar a los internautas
ABC.es - El Constitucional enmienda la plana a la ley antipiratería de Nicolas Sarkozy
Libertad Digital - El Constitucional francés derriba la ley Sarkozy contra las descargas
Urgente 24 - Libertad, Igualdad, Fraternidad: La Justicia francesa frenó la ley antiP2P de Sarkozy
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COPIAR EN ARGENTINA LA LEY SARKOZY,
ES LO QUE SOLICITÓ CAPIF
AL MINISTERIO DE PRODUCCIÓN NACIONAL

Ver el comunicado de prensa del Ministerio
del pasado 21 de abril de 2009, último párrafo,
en nuestra entrada

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"El movimiento de la cultura libre es universal e imparable, forma parte del paradigma emergente, y los modelos de negocio que no pueden competir en el nuevo escenario tecnológico en el que se desarrolla la creación cultural tienen que actualizarse, porque no pueden sostenerse artificialmente a costa de restringir las libertades civiles y privilegios como el canon que en tiempos de crisis como la actual no solo es insolidario sino inmoral."
 En nota de la Asociación de Internautas del 11.04.2009.
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