"Las redes P2P, como meras redes de transmisión de datos entre usuarios de Internet, no vulneran, en principio, derecho alguno protegido por la Ley de Propiedad Intelectual".
Los fundamentos plasmados por un juez de Barcelona en un auto prácticamente no dejan dudas sobre la legalidad de los intercambios 'online' de archivos entre pares: los intercambios P2P, dice, "no encuentran un acomodo claro y específico en los comportamientos que prohíbe la ley, en especial la reproducción, distribución y comunicación pública sin autorización".
La novedad de este auto, según el abogado Carlos Sánchez-Almeida, es que se refiere no a los enlaces, sino a la actividad misma del intercambio de archivos. "Es la primera vez que se dice claramente que el P2P en sí mismo no vulnera derecho alguno", comentó el letrado.
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texto completo de la decisión judicial
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